git//law
5 créditos

Art. 9

LISF · Versión 1 de 1

Versión

ARTÍCULO 9.- Las autoridades administrativas competentes para atender los trámites establecidos en

esta Ley, o en las disposiciones que se deriven de la misma, podrán, mediante acuerdos de carácter

general publicados en el Diario Oficial de la Federación, disminuir los plazos establecidos en las mismas.

Las autoridades administrativas competentes, a solicitud de parte interesada, podrán ampliar los

plazos establecidos en la presente Ley, sin que dicha ampliación exceda en ningún caso de la mitad del

plazo previsto originalmente en las disposiciones aplicables, cuando así lo exija el asunto y no tengan

conocimiento de que se perjudica a terceros en sus derechos.