git//law
5 créditos

Art. 55

LAMP · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 55. Las ministras y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación manifestarán

estar impedidos ante el tribunal pleno.

Las magistradas o los magistrados de circuito y las juezas o los jueces de distrito manifestarán su

impedimento y lo comunicarán al tribunal que corresponda.

Las excusas se calificarán de plano.

Historial de reformas
7 jun 2021
  • Párrafo reformado DOF 07-06-2021
13 mar 2025
  • Párrafo reformado DOF 13-03-2025