Artículo 185. El día señalado para la sesión, que se celebrará con la presencia de la persona
secretaria quien dará fe, la persona magistrada ponente dará cuenta de los proyectos de resolución; la
persona titular de la presidencia pondrá a discusión cada asunto; se dará lectura a las constancias que
señalen las personas magistradas, y, estando suficientemente debatido, se procederá a la votación; acto
continuo, la persona titular de la presidencia hará la declaración que corresponda y la persona secretaria
publicará la lista en los estrados del tribunal.