Artículo 291.- La persona responsable de la certificación emitirá una constancia a toda persona cuyo
producto cumpla con las condiciones determinadas en las reglas a que se refiere la fracción V del artículo
275 de esta Ley.
LFPPI · Versión 1 de 1
Artículo 291.- La persona responsable de la certificación emitirá una constancia a toda persona cuyo
producto cumpla con las condiciones determinadas en las reglas a que se refiere la fracción V del artículo
275 de esta Ley.