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Art. 274

LFPPI · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 274.- La solicitud de declaración de protección a una denominación de origen deberá

presentarse ante el Instituto con los siguientes datos y documentos:

I.- El nombre, domicilio y correo electrónico de la persona solicitante;

II.- El carácter de la persona solicitante, su naturaleza jurídica y las actividades a las que se dedica,

en términos del artículo 273 de esta Ley;

III.- El nombre de la denominación de origen;

IV.- Un estudio técnico emitido por una autoridad o institución, pública o privada, que contenga lo

siguiente:

a) La descripción detallada del producto o los productos a proteger, incluyendo sus

características, componentes, forma de extracción, procesos de producción o

elaboración, envase, empaque o embalaje y comercialización;

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

b) El lugar o lugares de extracción, producción o elaboración del producto a proteger y la

delimitación de la zona geográfica;

c) El señalamiento detallado de los vínculos entre el nombre de la denominación de origen,

producto, zona geográfica y los factores naturales o humanos;

d) Los criterios que establezcan las características y especificaciones que deberá cumplir el

producto para su extracción, producción o elaboración, envase, empaque o embalaje y

comercialización, y

e) Las Normas Oficiales Mexicanas a las que deberá sujetarse el producto para su

extracción, producción o elaboración, envase, empaque o embalaje;

V.- El comprobante del pago de la tarifa correspondiente, y

VI.- Los demás que la persona solicitante considere necesarios o pertinentes.

Historial de reformas
3 abr 2026
  • Fracción reformada DOF 03-04-2026