Artículo 272.- Además de las publicaciones previstas en este Título, se publicarán en la Gaceta las
declaraciones y autorizaciones que otorgue el Instituto, así como cualquier acto que dé por terminados
los efectos de los derechos otorgados en materia de denominaciones de origen o indicaciones
geográficas.
Capítulo II
Del Trámite de la Declaración de Protección