Artículo 412. Sentencia firme
En cuanto no sean oportunamente recurridas, las resoluciones judiciales quedarán firmes y serán
ejecutables sin necesidad de declaración alguna.
CNPP · Versión 1 de 1
Artículo 412. Sentencia firme
En cuanto no sean oportunamente recurridas, las resoluciones judiciales quedarán firmes y serán
ejecutables sin necesidad de declaración alguna.