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Art. 214

CNPP · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 214. Principios que rigen a las autoridades de la investigación

Las autoridades encargadas de desarrollar la investigación de los delitos se regirán por los principios

de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, lealtad y respeto a los derechos humanos

reconocidos en la Constitución y en los Tratados.