Artículo 388. Otras pruebas
Además de las previstas en este Código, podrán utilizarse otras pruebas cuando no se afecten los
derechos fundamentales.
CNPP · Versión 1 de 1
Artículo 388. Otras pruebas
Además de las previstas en este Código, podrán utilizarse otras pruebas cuando no se afecten los
derechos fundamentales.