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Art. 348

CNPP · Versión 1 de 1

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Artículo 348. Juicio

El juicio es la etapa de decisión de las cuestiones esenciales del proceso. Se realizará sobre la base

de la acusación en el que se deberá asegurar la efectiva vigencia de los principios de inmediación,

publicidad, concentración, igualdad, contradicción y continuidad.