Artículo 336. Notificación de la Acusación
Una vez presentada la acusación, el Juez de control ordenará su notificación a las partes al día
siguiente. Con dicha notificación se les entregará copia de la acusación.
CNPP · Versión 1 de 1
Artículo 336. Notificación de la Acusación
Una vez presentada la acusación, el Juez de control ordenará su notificación a las partes al día
siguiente. Con dicha notificación se les entregará copia de la acusación.