Artículo 53.- No es imputable al acusado el aumento de gravedad proveniente de circunstancias
particulares del ofendido, si las ignoraba inculpablemente al cometer el delito.
CÓDIGO PENAL FEDERAL
CPF · Versión 1 de 1
Artículo 53.- No es imputable al acusado el aumento de gravedad proveniente de circunstancias
particulares del ofendido, si las ignoraba inculpablemente al cometer el delito.
CÓDIGO PENAL FEDERAL