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Art. 189

CPF · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 189.- Al que cometa un delito en contra de un servidor público o agente de la autoridad en el

acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicará de uno a seis años de

prisión, además de la que le corresponda por el delito cometido.

Historial de reformas
31 ago 1931
  • Fe de erratas al artículo DOF 31-08-1931. Reformado DOF 13-05-1996
13 may 1996
  • Fe de erratas al artículo DOF 31-08-1931. Reformado DOF 13-05-1996