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Art. 319

CPF · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 319.- Se dice que obra a traición: el que no solamente emplea la alevosía sino también la

perfidia, violando la fe o seguridad que expresamente había prometido a su víctima, o la tácita que ésta

debía prometerse de aquél por sus relaciones de parentesco, gratitud, amistad o cualquiera otra que

inspire confianza.

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Historial de reformas
31 ago 1931
  • Fe de erratas al artículo DOF 31-08-1931