git//law
5 créditos

Art. 57

LISSSTE · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 57. Las prestaciones en dinero que concede este Capítulo serán cubiertas íntegramente con

la Aportación a cargo de las Dependencias y Entidades que señala la Sección III del mismo.

Las prestaciones en especie que concede este Capítulo serán cubiertas íntegramente por el seguro

de salud.