Artículo 252. Los servidores públicos de las Dependencias y Entidades, que dejen de cumplir con
alguna de las obligaciones que les impone esta Ley, serán responsables en los términos de las
disposiciones aplicables.
LISSSTE · Versión 1 de 1
Artículo 252. Los servidores públicos de las Dependencias y Entidades, que dejen de cumplir con
alguna de las obligaciones que les impone esta Ley, serán responsables en los términos de las
disposiciones aplicables.