Artículo 188. Las Aportaciones al Fondo de la Vivienda, así como los intereses de las Subcuentas del
Fondo de la Vivienda, estarán exentos de toda clase de impuestos.
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Artículo 188. Las Aportaciones al Fondo de la Vivienda, así como los intereses de las Subcuentas del
Fondo de la Vivienda, estarán exentos de toda clase de impuestos.