Artículo 213. Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere:
I. Ser ciudadano mexicano y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, y
II. Ser de reconocida competencia y honorabilidad.
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Artículo 213. Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere:
I. Ser ciudadano mexicano y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, y
II. Ser de reconocida competencia y honorabilidad.