git//law
5 créditos

Art. 197

LISSSTE · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 197. El Instituto proporcionará servicios culturales, mediante programas culturales,

recreativos y deportivos que tiendan a cuidar y fortalecer la salud mental e integración familiar y social del

Trabajador, y su desarrollo futuro, contando con la cooperación y el apoyo de los Trabajadores.

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO