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Art. 32

LGRA · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 32. Estarán obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses,

bajo protesta de decir verdad y ante las Secretarías o su respectivo Órgano interno de control, todos los

Servidores Públicos, en los términos previstos en la presente Ley. Asimismo, deberán presentar su

declaración fiscal anual, en los términos que disponga la legislación de la materia.

Sección tercera

Plazos y mecanismos de registro al sistema de evolución patrimonial, de declaración de

intereses y constancia de presentación de declaración fiscal