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Art. 26

LGRA · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 26. La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, llevará el sistema de

evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, a

través de la Plataforma digital nacional que al efecto se establezca, de conformidad con lo previsto en la

Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, así como las bases, principios y lineamientos que

apruebe el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción.