Artículo 21. Las Secretarías podrán suscribir convenios de colaboración con las personas físicas o
morales que participen en contrataciones públicas, así como con las cámaras empresariales u
organizaciones industriales o de comercio, con la finalidad de orientarlas en el establecimiento de
mecanismos de autorregulación que incluyan la instrumentación de controles internos y un programa de
integridad que les permita asegurar el desarrollo de una cultura de la ética, honestidad y buenas prácticas
en su organización.