Artículo 325.- Contra esta presunción no se admite otra prueba que la de haber sido físicamente
imposible al marido tener acceso carnal con su mujer, en los primeros ciento veinte días de los
trescientos que han precedido al nacimiento.
CCF · Versión 1 de 1
Artículo 325.- Contra esta presunción no se admite otra prueba que la de haber sido físicamente
imposible al marido tener acceso carnal con su mujer, en los primeros ciento veinte días de los
trescientos que han precedido al nacimiento.