Artículo 119.- El acta de fallecimiento contendrá:
I. El nombre, apellido, edad, ocupación y domicilio que tuvo el difunto;
II. El estado civil de éste, y si era casado o viudo, el nombre y apellido de su cónyuge;
III. Los nombres, apellidos, edad, ocupación y domicilio de los testigos, y si fueren parientes, el grado
en que lo sean;
IV. Los nombres de los padres del difunto si se supieren;
V. La clase de enfermedad que determinó la muerte y especificadamente el lugar en que se sepulte el
cadáver;
VI. La hora de la muerte, si se supiere, y todos los informes que se hagan en caso de muerte violenta.