Artículo 114.- Se impondrá sanción de uno a seis años de prisión, a los servidores públicos que
ordenen o practiquen visitas domiciliarias o embargos sin mandamiento escrito de autoridad fiscal
competente. Las mismas penas se impondrán a los servidores públicos que realicen la verificación física
de mercancías en transporte en lugar distinto a los recintos fiscales.