Artículo 60. Por el análisis de la solicitud y, en su caso, por el otorgamiento de aprobaciones que
emita la Secretaría de Energía, como Unidades de Verificación, Laboratorios de Pruebas u Organismos
de Certificación, para el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas, se pagarán derechos por cada
solicitud, independientemente del número de aprobaciones emitidas, con la siguiente
cuota: ................................................................................................................................... $6,025.28