Artículo 29.- Por los siguientes servicios que presta la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se
pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
I. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y funcionamiento
de sociedades operadoras de sociedades de inversión, sociedades distribuidoras de acciones
de sociedades de inversión y sociedades valuadoras de acciones de sociedades de
inversión: ........................................................................................................ $41,022.25
II. Por la autorización para la constitución y funcionamiento de sociedades operadoras de
sociedades de inversión, sociedades distribuidoras de acciones de sociedades de inversión y
sociedades valuadoras de acciones de sociedades de
inversión: ...................................................................................................... $421,890.25
III. Por la autorización para la constitución y funcionamiento de sociedades operadoras
exclusivamente de sociedades de inversión de capitales o de sociedades de inversión de
objeto limitado: ............................................................................................. $369,335.63
IV. Por el estudio y trámite de la solicitud para la inversión en sociedades inmobiliarias y
empresas de servicios auxiliares o complementarios: .................................. $41,022.25
V. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de una
institución calificadora de valores: ................................................................. $36,325.36
VI. Por la autorización de una institución calificadora de valores: .................... $421,890.25
VII. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y funcionamiento
de sociedades de inversión de renta variable, en instrumentos de deuda, de capitales y de
objeto limitado: ............................................................................................... $33,855.60
LEY FEDERAL DE DERECHOS
VIII. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de
uniones de crédito: ......................................................................................... $36,325.33
IX. Por la autorización para la constitución y operación de uniones de
crédito: ......................................................................................................... $373,584.06
X. Por cualquier certificación que se expida relativa al Registro Nacional de
Valores: ............................................................................................................... $706.58
XI. Por el estudio y trámite de la solicitud y, en su caso, autorización para la
constitución y operación de las Federaciones a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito
Popular. .......................................................................................................... $56,426.47
XII. Por el estudio y trámite de la solicitud y, en su caso, autorización para la constitución y
operación de sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias con
niveles de operación I a IV y Organismos de Integración Financiera Rural a que se refiere la
Ley de Ahorro y Crédito Popular .................................................................... $33,855.88
El derecho a que se refiere esta fracción se pagará también por el estudio y trámite de la
solicitud y, en su caso, autorización para realizar operaciones de ahorro y préstamo, de
sociedades cooperativas de ahorro y préstamo a que se refiere la Ley para Regular las
Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.
XIII. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de
casas de bolsa: .............................................................................................. $36,325.33
XIV. Por la autorización para la constitución y operación de casas de
bolsa: ............................................................................................................ $526,759.38
XV. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de
sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con
valores: ........................................................................................................... $36,325.33
XVI. Por la autorización para la constitución y operación de sociedades que administran sistemas
para facilitar operaciones con valores: ........................................................ $373,584.06
XVII. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de
proveedores de precios: ................................................................................ $36,325.33
XVIII. Por la autorización para la constitución y operación de proveedores de
precios: ......................................................................................................... $373,584.06
XIX. Por el estudio y trámite de la solicitud para obtener el reconocimiento como organismo
autorregulatorio: ............................................................................................. $52,675.94
LEY FEDERAL DE DERECHOS
XX. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para el establecimiento de oficinas de
representación de entidades financieras del exterior: ................................... $31,605.56
XXI. Por la autorización para la constitución y funcionamiento de sociedades de inversión de renta
variable, en instrumentos de deuda, de capitales y de objeto
limitado: .......................................................................................................... $65,154.16
XXII. Por la autorización para el inicio de operaciones de casas de
bolsa: ......................................................................................................... $1,621,960.81
XXIII. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de
instituciones de banca múltiple: ..................................................................... $64,890.63
XXIV. Por la autorización para la constitución y operación de instituciones de banca
múltiple: ........................................................................................................ $954,274.23
XXV. Por la autorización para el inicio de operaciones de instituciones de banca
múltiple: ..................................................................................................... $3,053,677.53
XXVI. Por el estudio, trámite y, en su caso, emisión o renovación del dictamen técnico en materia
de prevención, detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse
en los supuestos de los artículos 139, 148 Bis o 400 Bis del Código Penal Federal, que
soliciten los centros cambiarios, transmisores de dinero y sociedades financieras de objeto
múltiple no reguladas para obtener su registro: ............................................ $31,547.04
XXVII. Por la solicitud, análisis y, en su caso, aprobación para que una sociedad financiera de objeto
múltiple sea considerada como entidad regulada, en términos de la Ley General de
Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito: .................................... $36,605.58
XXVIII. Por la solicitud, análisis y, en su caso, inscripción en el registro para actuar como asesor en
inversiones en términos de la Ley del Mercado de Valores: ......................... $41,339.42
XXIX. Por la solicitud, análisis y, en su caso, inscripción o renovación en el registro para actuar
como centro cambiario o transmisor de dinero, en términos de la Ley General de
Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito: ...................................... $3,052.12
XXX. Por la solicitud, análisis y, en su caso, la certificación o renovación de los auditores externos
independientes y demás profesionales, así como a los oficiales de cumplimiento, que presten
sus servicios a las entidades y personas sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores para la verificación del cumplimiento de las leyes financieras y de las
disposiciones que emanen de ellas en materia de prevención, detección y reporte de actos,
omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artículos 139 Quáter
o 400 Bis del Código Penal Federal: ............................................................. $16,557.75
LEY FEDERAL DE DERECHOS
XXXI. Por la solicitud, análisis y, en su caso, la certificación o renovación de los auditores y demás
profesionales, que coadyuven con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, cuando ésta
los contrate, para la verificación del cumplimiento de las leyes financieras y de las
disposiciones que emanen de ellas en materia de prevención, detección y reporte de actos,
omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artículos 139 Quáter
o 400 Bis del Código Penal Federal: ............................................................. $16,557.75
Reforma DOF 27-12-2006: Derogó del artículo el entonces párrafo segundo (antes reformado DOF 01-12-2004)