Artículo 192. Por el estudio, trámite y, en su caso, autorización de la expedición o prórroga de títulos
de asignación o concesión, o de permisos o autorizaciones de transmisión que se indican, incluyendo su
posterior inscripción por parte de la Comisión Nacional del Agua en el Registro Público de Derechos de
Agua, se pagará el derecho de servicios relacionados con el agua, conforme a las siguientes cuotas:
I. Por cada título de asignación o concesión para explotar, usar o aprovechar aguas nacionales
incluyendo su registro ........................................................................................... $6,209.68
II. Por cada permiso de descarga de aguas residuales a un cuerpo receptor, incluyendo su registro
................................................................................................................................ $8,267.92
III. (Se deroga).
IV. Por la prórroga o modificación, a petición de parte interesada, de los títulos o permisos a que se
refieren las fracciones I y II de este artículo ......................................................... $2,678.71
V. Por cada transmisión de títulos de concesión y permisos de descarga ............... $4,828.14
Reforma DOF 09-12-2019: Derogó del artículo el entonces párrafo segundo (antes adicionado DOF 27-11-2009)