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Art. 184

LFD · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 184.- Por los servicios que se presten en materia de derechos de autor, se pagarán

derechos, conforme a las siguientes cuotas:

I. Recepción, examen, estudio y, en su caso, registro de cada obra literaria o artística, o de una

obra derivada o versión ....................................................................................... $337.80

II. Recepción, examen, estudio y, en su caso, registro de las características gráficas y distintivas

de cada obra ........................................................................................................ $337.80

III. Recepción, examen, estudio y, en su caso, registro de cada fonograma, videograma o

libro ...................................................................................................................... $337.80

IV. Búsqueda y expedición de cada constancia de antecedentes o datos de registro o de

inscripción ............................................................................................................ $240.49

V. Recepción, examen, estudio y, en su caso, inscripción de cada convenio o

contrato ............................................................................................................. $1,776.24

VI. Inscripción de cada poder otorgado para gestionar ante el Instituto Nacional del Derecho de

Autor, cuando la representación conferida abarque todos los asuntos del

mandante .......................................................................................................... $1,776.24

LEY FEDERAL DE DERECHOS

VII. Recepción, examen y estudio de cada acto, documento, convenio o contrato, que en

cualquier forma confiera, modifique, transmita, grave o extinga derechos patrimoniales de

autor y, en su caso, inscripción de la anotación marginal correspondiente ..... $2,662.89

VIII. Recepción, examen, estudio y, en su caso, inscripción de cada acta, documento, escritura y

estatutos de las sociedades de gestión colectiva ............................................ $2,662.89

IX. Recepción, examen, estudio y, en su caso, inscripción de cada convenio o contrato celebrado

por las sociedades de gestión colectiva ........................................................... $2,356.16

X. Inscripción de cada poder especial que se otorgue a las sociedades de gestión colectiva para

el cobro de percepciones derivadas de los derechos de autor o derechos

conexos ............................................................................................................. $1,120.32

XI. Inscripción de cada poder que autorice la gestión individual de derechos

patrimoniales .................................................................................................... $2,231.71

XII. (Se deroga).

XIII. (Se deroga).

XIV. Solicitud y dictamen de reservas de derechos al uso exclusivo de títulos de publicaciones o

difusiones periódicas ........................................................................................ $2,678.04

XV. Solicitud y dictamen de la renovación de reservas de derechos al uso exclusivo de títulos de

publicaciones o difusiones periódicas .............................................................. $1,405.75

XVI. Solicitud y dictamen de reservas de derechos al uso exclusivo de personajes ficticios o

simbólicos, personajes humanos de caracterización, nombres artísticos, denominaciones de

grupos artísticos o promociones publicitarias ................................................... $5,289.38

XVII. Solicitud y dictamen de la renovación de reservas de derechos al uso exclusivo de personajes

ficticios o simbólicos, personajes humanos de caracterización, nombres artísticos y

denominaciones de grupos artísticos ............................................................... $2,766.10

XVIII. Solicitud de análisis y búsqueda de antecedentes de títulos, nombres o denominaciones de

publicaciones o difusiones periódicas, nombres artísticos o denominaciones de grupos

artísticos ............................................................................................................... $282.46

XIX. Solicitud de análisis y búsqueda de antecedentes de nombres y características de personajes

humanos de caracterización, personajes ficticios o simbólicos, o promociones

publicitarias .......................................................................................................... $455.42

LEY FEDERAL DE DERECHOS

XX. Solicitud y dictamen de anotaciones marginales en los expedientes de reservas de derechos

al uso exclusivo ................................................................................................ $1,405.75

XXI. Respecto del Número Internacional Normalizado del Libro (ISBN):

a). Por el otorgamiento del ISBN .................................................................. $290.10

b). Por la expedición de cada certificado o constancia ................................ $209.39

No se pagarán los derechos a que se refiere esta fracción cuando se trate de reproducciones

en cualquier formato, siempre que se realicen sin fines de lucro y con el objeto exclusivo de

hacerlas accesibles a las personas con discapacidad, así como la reproducción de obras en

cualquier formato, que sean escritas en las lenguas indígenas nacionales consideradas en el

catálogo a que hace referencia la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos

Indígenas, siempre que sea sin fines de lucro y con el objeto de divulgación y preservación de

las mismas.

XXII. (Se deroga).

XXIII. (Se deroga).

XXIV. Recepción, examen, estudio y, en su caso, inscripción de la anotación marginal

correspondiente, de cualquier acto o instrumento que tenga por efecto la revocación del poder

otorgado, previamente inscrito ......................................................................... $2,486.75

XXV. Solicitud, dictamen y, en su caso, expedición de la autorización de apoderado para la gestión

individual de derechos patrimoniales ............................................................... $2,620.33

XXVI. Solicitud de práctica de visita de inspección a establecimientos comerciales a petición de

parte .................................................................................................................. $1,051.60

XXVII. Por la expedición de cada certificado o constancia relacionados con el Número Internacional

Normalizado para Publicaciones Periódicas (ISSN) ........................................... $209.39

No se pagará el derecho por registro de obras a que se refiere este artículo, cuando se trate de libros

de texto editados por la Federación, las entidades federativas, los municipios o por sus organismos

descentralizados.

Para los efectos de la aplicación de lo señalado en la fracción V de este artículo, cuando se presenten

para examen, estudio y, en su caso, inscripción, contratos impresos en los cuales no exista variación en

sus cláusulas y se trate de un mismo contratante, se pagará íntegro el derecho correspondiente al primer

contrato y se reducirá en un 50% la cuota del derecho correspondiente sobre los sucesivos.

LEY FEDERAL DE DERECHOS

Los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos previstos en este artículo se

destinarán al Instituto Nacional del Derecho de Autor para la operación, mantenimiento, conservación,

administración e inversión necesarios para la prestación de servicios en materia de derechos de autor.

Sección Tercera

Registro y Ejercicio Profesional

Historial de reformas
3 dic 1993
  • Artículo reformado DOF 03-12-1993, 28-12-1994, 15-12-1995, 30-12-1996, 29-12-1997
31 dic 1998
  • Fracción adicionada DOF 31-12-1998. Reformada DOF 31-12-1999
31 dic 1999
  • Fracción reformada DOF 31-12-1999, 13-11-2008
  • Fracción reformada DOF 31-12-1999
  • Fracción reformada DOF 31-12-1999, 13-11-2008, 27-11-2009, 14-11-2022. Derogada DOF 07-11-2025
  • Fracción reformada DOF 31-12-1999. Derogada DOF 12-12-2011
  • Fracción reformada DOF 31-12-1999, 13-11-2008. Reformada con incisos DOF 12-12-2011
  • Fracción adicionada DOF 31-12-1998. Reformada DOF 31-12-1999
13 nov 2008
  • Fracción adicionada DOF 13-11-2008
12 dic 2011
  • Fracción reformada DOF 31-12-1999. Derogada DOF 12-12-2011
  • Fracción reformada DOF 31-12-1999, 13-11-2008. Reformada con incisos DOF 12-12-2011
  • Fracción adicionada DOF 12-12-2011
12 nov 2021
  • Párrafo reformado DOF 12-11-2021, 14-11-2022
7 nov 2025
  • Fracción reformada DOF 31-12-1999, 13-11-2008, 27-11-2009, 14-11-2022. Derogada DOF 07-11-2025
  • Párrafo adicionado DOF 07-11-2025