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Art. 1

LFPRH · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público, y tiene por objeto reglamentar los artículos 74

fracción IV, 75, 126, 127 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia

de programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, control y evaluación de los ingresos y egresos

públicos federales.

Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta Ley deberán observar que la administración

de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia,

eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de

género.

La Auditoría fiscalizará el estricto cumplimiento de las disposiciones de esta Ley por parte de los

sujetos obligados, conforme a las atribuciones que le confieren la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos y la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.