Artículo 92. Todos los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente deberán estar
firmados por el Secretario de Estado a que el asunto corresponda, y sin este requisito no serán
obedecidos.
CPEUM · Versión 1 de 1
Artículo 92. Todos los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente deberán estar
firmados por el Secretario de Estado a que el asunto corresponda, y sin este requisito no serán
obedecidos.