CFFReformado · 27 ene 2021
Art. 191
CFF · Versión 2 de 2
Versión
c579v1 → v2+5−7
1 Artículo 191. Cuando no hubiera postores o no se hubieran presentado posturas legales, la autoridad
2 se adjudicará el bien. En este caso el valor de la adjudicación será el 60% del valor de avalúo.
3 Los bienes que se adjudiquen a favor del fisco federal, podrán ser donados para obras o servicios
4 públicos, o a instituciones asistenciales o de beneficencia autorizadas para recibir donativos deducibles
5 del impuesto sobre la renta.
6 La adjudicación se tendrá por formalizada una vez que la autoridad ejecutora firme el acta de
7 adjudicación correspondiente.
8-Cuando la traslación de bienes se deba inscribir en el Registro Público de la Propiedad, el acta de
8-adjudicación debidamente firmada por la autoridad ejecutora tendrá el carácter de escritura pública y será
8-el documento público que se considerará como testimonio de escritura para los efectos de inscripción en
8-dicho Registro.
8+Cuando la adjudicación de los bienes se deba inscribir en el Registro Público de la Propiedad, el acta
9+de adjudicación debidamente firmada por la autoridad ejecutora tendrá el carácter de escritura pública y
10+será el documento público que se considerará como testimonio de escritura para los efectos de
11+inscripción en dicho Registro.
12 De los ingresos obtenidos por remates de los bienes, disminuidos con los gastos de administración y
13 mantenimiento, se destinará el 5% a un fondo de administración y mantenimiento de dichos bienes, que
14 se constituirá en la Tesorería de la Federación, de conformidad con las reglas generales que al efecto
15 emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Una vez que se hayan rematado los bienes, la
16 autoridad fiscal deberá reintegrar los recursos que haya obtenido de dicho fondo y, de existir remanente,
17 se entregará el 5% de los ingresos obtenidos para su capitalización.
18 Los bienes adjudicados por las autoridades fiscales de conformidad con lo dispuesto en este artículo,
19 serán considerados, para todos los efectos legales, como bienes no sujetos al régimen del dominio
20 público de la nación, hasta en tanto sean destinados o donados para obras o servicios públicos en los
21-términos de este artículo.
21-Para los efectos del artículo 25 de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, las
21-adjudicaciones tendrán la naturaleza de dación en pago.
21+términos de este artículo.
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