git//law
5 créditos

Art. 106

LFTSE · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 106.- La huelga será declarada ilegal y delictuosa cuando la mayoría de los huelguistas

ejecuten actos violentos contra las personas o las propiedades, o cuando se decreten en los casos del

artículo 29 Constitucional.