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Art. 97

LA · Versión 1 de 1

Versión

Artículo 97.- La Dirección del Sistema Institucional de Archivos elaborará el Programa anual, en el

cual se describirá y calendarizará un conjunto de proyectos tendientes a optimizar el funcionamiento

de los procesos archivísticos del control de correspondencia y los archivos de trámite, concentración

e histórico, en función de las necesidades detectadas y los recursos disponibles para su realización.