Artículo 57.- La Subdirección de Archivo Histórico en coordinación con cada encargado de la
preservación y servicio de consulta generará en el MAH el inventario por cada recinto, que deberá
contener todos los expedientes y documentos del Archivo histórico.
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
FECHA DE ELABORACIÓN
MES
11
AÑO
2025
PÁGINA
25
LINEAMIENTOS DE ARCHIVOS DEL
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA